Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero


Objetivos Compromisos
Lugar y fecha de Adopción: Managua, Nicaragua, 9 de junio de 1993
Categoría: Multilateral
Estatus: Vigente
Tema: COOPERACIÓN JURÍDICA
Notas: 1.- Al ratificar la Convención el Gobierno de México formuló la Reserva siguiente:

"El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos se reserva el derecho de trasladar a una persona sentenciada cuando: a) ésta no haya cumplido con el pago de la reparación del daño ocasionado a terceros o de las multas impuestas por la autoridad judicial, conforme a lo dispuesto en la sentencia, salvo que esta última condone la multa en cuestión, en virtud de la cuantía; b) ésta reincida en la comisión de un delito en el territorio del Estado sentenciador; o c) el delito sea de carácter político o militar.

Por otra parte, cuando sea negada la autorización para que se efectúe el traslado de un apersona sentenciada, el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos se reserva el derecho de solicitar o efectuar la revisión de la decisión dictada en primer término, cuando se modifiquen las condiciones que sirvieron de base a la negativa, y que impliquen, por ejemplo, razones humanitarias derivadas de la edad avanzada o de una enfermedad que se encuentre en fase terminal de las personas sentenciadas, según lo determine la autoridad competente".

2.- El Gobierno de México designó a la Secretaría de Gobernación como la autoridad central encargada de realizar las funciones previstas en la Convención y como autoridad coordinadora a la Fiscalía General de la República.

Trámite Constitucional:

Firma de México: 4 jun 1995

Aprobación del Senado: 10 dic 1996

Publicación DOF Aprobación: 6 ene 1997

Vinculacion México: 2 jun 1997 / Ratificación

Entrada en vigor internacional: 12 abr 1996

Entrada en vigor México: 2 jul 1997

Publicación DOF Promulgación: 3 jun 1998

Español

Organización de los Estados Americanos (OEA)

http://www.oas.org/juridico/spanish/firmas/a-57.html

Unidades Administrativas de Seguimiento:

(DGAJ) Dirección General de Asuntos Jurídicos

https://directorio.sre.gob.mx/index.php/oficinas-centrales/direccion-general-de-asuntos-juridicos

Dependencias Ejecutoras:

(SEGOB) Secretaría de Gobernación https://www.gob.mx/segob

(FGR) Fiscalía General de la República  https://www.gob.mx/pgr

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