
Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias
Objetivos Compromisos
Lugar y fecha de Adopción: | Panamá, 30 de enero de 1975 |
Categoría: | Multilateral |
Estatus: | Vigente |
Tema: | COOPERACIÓN JURÍDICA |
Notas: |
1.- Al firmar la Convención, el Gobierno de México formuló la Declaración Interpretativa siguiente, la cual confirmó al momento de ratificar la Convención:
“El Gobierno de México interpreta que el Artículo 9 de esta Convención se refiere a la validez internacional de las Sentencias Extranjeras”. 2.- El 7 de febrero de 1983, el Gobierno de México designó a la SRE -Dirección General de Asuntos Jurídicos- autoridad central competente para recibir y distribuir exhortos o cartas rogatorias, a los efectos previstos en la Convención. 3.- Cuenta con un Protocolo Adicional, adoptado en Montevideo, Uruguay, el 8 de mayo de 1979 que está en vigor y del que México es Parte. |
Trámite Constitucional: |
Firma de México: 27 oct 1977 Aprobación del Senado: 28 dic 1977 Publicación DOF Aprobación: 20 feb 1978 Vinculacion México: 27 mar 1978 / Ratificación Entrada en vigor internacional: 16 ene 1976 Entrada en vigor México: 26 abr 1978 Publicación DOF Promulgación: 25 abr 1978 |
Español
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Organización de los Estados Americanos (OEA) |
Unidades Administrativas de Seguimiento: | (DGAJ) Dirección General de Asuntos Jurídicos https://directorio.sre.gob.mx/index.php/oficinas-centrales/direccion-general-de-asuntos-juridicos |
Dependencias Ejecutoras: | (SRE) Secretaría de Relaciones Exteriores https://www.gob.mx/sre |