Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Popular China sobre Extradición
Objetivos Compromisos
| Lugar y fecha de Adopción: | Beijing, China, 11 de julio de 2008 |
| Categoría: | Bilateral |
| Estatus: | Vigente |
| Tema: | COOPERACIÓN JURÍDICA |
| Notas: |
Al ratificar el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Popular China sobre Extradición, firmado en la ciudad de Beijing el 11 de julio de 2008, los Estados Unidos Mexicanos declara que en la expresión “principios fundamentales de derecho de la Parte Requerida”, incluida en el Artículo 3 (g), relacionado con las causales para denegar la extradición, para los Estados Unidos Mexicanos quedan comprendidas las penas prohibidas por el artículo 22 de su Constitución Política.
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| Trámite Constitucional: |
Aprobación del Senado: 24 nov 2009 Publicación DOF Aprobación: 28 dic 2009 Entrada en vigor: 7 jul 2012 Publicación DOF Promulgación: 3 jul 2012 |
| Registro ante ONU: | 50649 |
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Español
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| Unidades Administrativas de Seguimiento: | (DGAJ) Dirección General de Asuntos Jurídicos https://directorio.sre.gob.mx/index.php/oficinas-centrales/direccion-general-de-asuntos-juridicos |
| Dependencias Ejecutoras: | (RELACIONES EXTERIORES) Secretaría de Relaciones Exteriores (FGR) Fiscalía General de la República |